¿Puedo salir del trabajo por una urgencia familiar? (permiso por fuerza mayor)
Sí. Tienes derecho a ausentarte por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de un familiar o conviviente que haga indispensable tu presencia inmediata). Se pagan las horas equivalentes a 4 días al año.
Te corresponden
5 días
⚖️ Esto es el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Tu convenio colectivo puede darte más.
Lo que debes saber
- Se usa por horas: por ejemplo, salir a recoger a tu hijo del colegio porque se ha puesto enfermo.
- Cómo se acredita y se reparte lo concreta tu convenio o un acuerdo en la empresa.
Otras consultas
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Más calculadoras
Fuente: Estatuto de los Trabajadores, artículo 37 (texto consolidado del BOE, última modificación en vigor desde el 3 de marzo de 2025). Información general: tu convenio colectivo puede mejorar estos permisos. Actualizado el 3 de octubre de 2026.