Incapacidad temporal 2026

¿Cuánto cobro de baja?

Lo que cobras de baja por enfermedad o por accidente, día a día, quién te lo paga y cuánto dejas de ganar respecto a tu sueldo.

Tu baja

Motivo de la baja
€
días
Cobrarás de baja
—
Trabajando habrías cobrado—
Dejas de cobrar—
Base reguladoraTu base de cotización ÷ 30—
Neto aproximado—

Quién te paga cada día

Cuánto se cobra de baja en 2026

Depende sobre todo de por qué estás de baja. La Seguridad Social distingue dos casos:

Enfermedad común o accidente no laboralAccidente de trabajo o enfermedad profesional
Días 1 a 3Sin prestaciónEl día de la baja, salario normal (lo paga la empresa)
Días 4 a 2060 % de la base reguladora75 % de la base reguladora
Desde el día 2175 % de la base reguladora75 % de la base reguladora
Quién pagaLa empresa del día 4 al 15; desde el 16, la Seguridad Social o la mutuaLa mutua o la Seguridad Social desde el día siguiente a la baja
Requisito180 días cotizados en los últimos 5 añosNinguno

En la práctica, casi siempre cobras la baja en tu nómina de siempre: la empresa te la adelanta y luego se la descuenta de lo que paga a la Seguridad Social. Es lo que se llama pago delegado.

Qué es la base reguladora

Es la cantidad sobre la que se aplican el 60 % y el 75 %. Si cobras un sueldo mensual, es la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja, dividida entre 30. Esa base viene en tu nómina e incluye la parte proporcional de las pagas extra; por eso se parece a tu sueldo bruto anual dividido entre 12. En 2026 tiene un tope de 5.101,20 € al mes.

Ejemplos: cuánto cobras con 30 días de baja

Baja por enfermedad común, sin complemento del convenio, antes de impuestos:

Sueldo bruto anualBase diariaCobras de bajaTrabajandoDiferencia
18.000 €50,00 €885,00 €1.479,45 €−594,45 €
22.000 €61,11 €1.081,69 €1.808,22 €−726,53 €
25.000 €69,44 €1.229,19 €2.054,79 €−825,60 €
30.000 €83,33 €1.475,00 €2.465,75 €−990,75 €
35.000 €97,22 €1.720,81 €2.876,71 €−1.155,90 €
40.000 €111,11 €1.966,69 €3.287,67 €−1.320,98 €
50.000 €138,89 €2.458,31 €4.109,59 €−1.651,28 €
65.000 €170,04 €3.009,64 €5.342,47 €−2.332,83 €

El complemento del convenio

Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a completar la prestación hasta el 100 % del sueldo, a veces desde el primer día y otras solo a partir de un día concreto o con un número máximo de bajas al año. Es lo que más cambia lo que cobras, así que merece la pena buscarlo en tu convenio (suele estar en un artículo llamado «incapacidad temporal» o «complemento por enfermedad»).

Durante la baja sigues cotizando y pagando IRPF

  • Seguridad Social: sigues cotizando como si trabajaras, así que la baja cuenta para tu jubilación y tu paro.
  • IRPF: la prestación tributa igual que tu sueldo y se te sigue reteniendo en la nómina.
  • Vacaciones: los días de baja no te quitan vacaciones. Si la baja coincide con tus vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas después.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra de baja por enfermedad común?

Los tres primeros días no se cobra prestación. Del día 4 al 20 se cobra el 60 % de la base reguladora, y a partir del día 21, el 75 %. Muchos convenios colectivos lo complementan hasta el 100 % del salario.

¿Quién paga la baja?

En enfermedad común, la empresa paga del día 4 al 15, y desde el día 16 la Seguridad Social o la mutua, normalmente a través de la propia empresa en la nómina (pago delegado).

¿Cuánto se cobra de baja por accidente de trabajo?

El 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja. El día del accidente lo paga la empresa como un día de trabajo. No hace falta haber cotizado un mínimo.

¿Qué requisitos hay para cobrar la baja por enfermedad común?

Haber cotizado al menos 180 días en los 5 años anteriores a la baja.

¿Cuánto puede durar una baja como máximo?

365 días, prorrogables 180 días más si se prevé que el trabajador puede curarse en ese tiempo.

Más calculadoras

Actualizado el 6 de octubre de 2026. Reglas de la prestación por incapacidad temporal según la Seguridad Social (Ley General de la Seguridad Social). Resultado orientativo para trabajadores del régimen general con sueldo mensual: la base real puede variar, en accidente de trabajo suma las horas extra del año anterior, y el neto exacto lo verás en tu nómina.