Actualizada 2026 · Seguridad Social

¿Cuánto cuesta un trabajador a la empresa?

Calcula el coste real de contratar: sueldo bruto más la Seguridad Social que paga la empresa. O al revés, qué sueldo cabe en tu presupuesto.

Datos del puesto

¿Qué quieres calcular?
€/año
Tipo de contrato
%
1,50 % para personal de oficina. En otras actividades depende del código CNAE de la empresa (tarifa de primas de 2026); suele estar entre el 1,5 % y el 7 %.
Coste empresa—Ver detalle ↓
Coste total para la empresa al año
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Seguridad Social empresa
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Coste al mes
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Coste por hora
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Neto del trabajador al año
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Cotización de la empresaAl mesAl año

Cómo se calcula el coste de un trabajador

El coste para la empresa es el sueldo bruto más la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Con contrato indefinido y personal de oficina, en 2026 esa cotización es del 32,15 % de la base de cotización.

Concepto (2026)EmpresaTrabajador
Contingencias comunes23,60 %4,70 %
Desempleo, contrato indefinido5,50 %1,55 %
Desempleo, contrato temporal6,70 %1,60 %
Accidentes de trabajo (oficinas)1,50 %—
FOGASA0,20 %—
Formación profesional0,60 %0,10 %
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)0,75 %0,15 %
Total con contrato indefinido32,15 %6,50 %

La base de cotización es el sueldo bruto mensual con la parte proporcional de las pagas extra, con un máximo de 5.101,20 € al mes en 2026. Por encima de ese tope, empresa y trabajador pagan una pequeña cotización de solidaridad (en 2026, del 1,15 % al 1,46 % en total, repartido en la misma proporción).

Ejemplo: un trabajador con 30.000 € brutos al año y contrato indefinido en una oficina cuesta a la empresa 39.645 €: 30.000 € de sueldo más 9.645 € de Seguridad Social. Ese trabajador recibe unos 23.124 € netos. Es decir, de cada 100 € que paga la empresa le llegan unos 58 €.

Coste de un trabajador según el sueldo

Contrato indefinido, accidentes de trabajo al 1,50 %.

Sueldo bruto anualSeguridad Social empresaCoste total al añoCoste al mesNeto del trabajador
17.094 € (salario mínimo)5.495,72 €22.589,72 €1.882,48 €15.459,81 €
20.000 €6.430,00 €26.430,00 €2.202,50 €16.928,00 €
25.000 €8.037,50 €33.037,50 €2.753,13 €19.852,50 €
30.000 €9.645,00 €39.645,00 €3.303,75 €23.124,00 €
35.000 €11.252,50 €46.252,50 €3.854,38 €26.397,00 €
40.000 €12.860,00 €52.860,00 €4.405,00 €29.656,00 €
50.000 €16.075,00 €66.075,00 €5.506,25 €35.550,00 €
60.000 €19.290,00 €79.290,00 €6.607,50 €41.436,00 €
80.000 €19.870,91 €99.870,91 €8.322,58 €52.846,84 €
100.000 €20.093,63 €120.093,63 €10.007,80 €63.828,39 €

El neto del trabajador es para una persona soltera, sin hijos. A partir de unos 61.200 € brutos la base de cotización llega al tope, y el coste de Seguridad Social de la empresa apenas sube.

Preguntas frecuentes

¿Qué más costes tiene contratar?

Además del sueldo y la Seguridad Social, pueden sumarse pluses del convenio, el seguro de convenio, la prevención de riesgos laborales, la formación, el material o la gestoría. Esta calculadora solo incluye el sueldo y las cotizaciones obligatorias.

¿Hay bonificaciones por contratar?

Sí, en algunos casos: por ejemplo, para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o determinados colectivos del plan de empleo. Reducen la cuota de la empresa durante un tiempo. Consulta el SEPE o tu gestoría; la calculadora no las aplica.

¿Por qué el contrato temporal cuesta más?

Porque la cotización por desempleo a cargo de la empresa sube del 5,50 % al 6,70 %. Además, los contratos de menos de 30 días tienen una cotización adicional en la baja del trabajador.

¿Qué es el tipo de accidentes de trabajo?

Es la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La paga solo la empresa y depende de la actividad según la tarifa de primas de la Ley General de la Seguridad Social, actualizada para 2026 con la nueva clasificación CNAE-2025. El personal exclusivamente de oficina cotiza al 1,50 %.

¿Y si soy autónomo y quiero contratar?

El coste es el mismo: sueldo bruto más la cotización de empresa. Tu propia cuota de autónomo es aparte.

Más calculadoras

Actualizado el 25 de septiembre de 2026 según la Orden PJC/297/2026 de cotización a la Seguridad Social, la Ley General de la Seguridad Social (disposiciones transitorias 42.ª y 43.ª y tarifa de primas de la disposición adicional 61.ª) y el algoritmo de retenciones de la Agencia Tributaria para 2026. Cálculo orientativo; no incluye bonificaciones ni reducciones.